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La CIPF es un tratado internacional que se aplica casi a todos los países que participan en el comercio internacional de cualquier tipo de producto que pudiera introducir nuevas plagas de las plantas en zonas nuevas; en otras palabras, se aplica a todos los desplazamientos transfronterizos de las plantas y productos de plantas. Es en interés de todos los países ser partes contratantes de la Convención, porque eso les permite participar activamente en la elaboración de normas internacionales que contribuyen a proteger sus bienes de exportación e importación. El intermcambio de información fitosanitaria técnica y oficial es vital para la aplicación efectiva de la Convención. El sitio web de la CIPF –el PFI– funciona como foro para el intercambio de información, yi las partes y la Secretaría de la CIPF lo utilizan para cumplir las obligaciones de información de la CIPF mediante la publicación de documentos o el suministro de enlaces de páginas web externas. La Convención determina los tipos de información que los países deben proporcionar a las otras partes contratantes, a la Secretaría de la CIPF y a las ORPF:

La Convención señala otros tipos de información que deberá presentarse si se solicita. Suele ser información bilateral, pero también se puede proporcionar a través del sitio web de la CIPF:

El sitio web de la CIPF también ofrece el medio para que las ONPF comuniquen información sobre el establecimiento de zonas libres de plagas y la ejecución de NIMF:

Tómese nota de que las partes controlan esta información y son responsables de la misma.

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